Por Sin Reservas
El Partido Revolucionario Moderno (PRM) elevó por ante la Procuraduría Especializada de Delitos Electorales una denuncia para fines de investigación y posterior acusación formal, contra 97 funcionarios gubernamentales que se inscribieron como candidatos a diferentes posiciones electivas, en «violación a la Constitución de la República y a varias leyes adjetivas».
El grupo, que es encabezado por la coordinadora del Gabinete de Políticas Sociales del Gobierno, Margarita Cedeño Lizardo, y el sub-contralor General de la República, Francisco Javier Vlark Vásquez, ya fue denunciado por el PRM ante la Junta Central Electoral.
Luego de dejar establecida las calidades del PRM, su delegado político ante la JCE, Orlando Jorge Mera, delegado político suplente, el director de Seguridad, Julio Peña y del director Legal, Sigmund Freund, así como la competencia de la Procuraduría Especializada en Delitos Electorales para actuar ante la denuncia se enumeran los artículos de la Constitución y la leyes que viola la doble condición de funcionarios y candidatos, entre ellos:
El artículo 211 de la Constitución que manda a la JCE u las Juntas Electorales organizar elecciones libres, transparentes, equitativas y objetivas;
El artículo 36, el cual establece que “todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación”;
La denuncia cita además violación a la Ley de Función Pública 41-08, que prohíbe servir intereses de partidos políticos en el ejercicio de sus funciones;
La Ley Orgánica de Régimen Electoral 15-19, que en su artículo 196 párrafo I y III dispone en su párrafo I que no podrán utilizarse las instituciones u órganos del Estado para desde ellos promover candidatos o partidos a cargos de elección popular.
En el párrafo III dispone que los funcionarios públicos que administran recursos del Estado, no podrán prevalerse de su cargo, para desde el mismo realizar campaña ni proselitismo a favor de un partido o candidato. Tampoco podrán hacer uso de las áreas físicas y espacios, así como de los instrumentos, equipos, materiales y personal que pertenecen a la institución u órgano del Estado a la cual prestan su servicio.
Luego de establecer el mandato de la ley sobre los castigos a los delitos electorales y las violaciones penales en que incurren los denunciados, se aportan las pruebas de sus violaciones, incluyendo las resoluciones de la Junta Central Electoral, nums. 036-2020, 037-2020, 038-2020, 039-2020, 040-2020, 041-2020 admitiendo las candidaturas de los denunciados;
El decreto No. 474-12 de fecha 18 de agosto del 2012 en el cual se designa a la Dra. Margarita Cedeño, Coordinadora del Gabinete Social de la Presidencia, y diferentes declaraciones de Cedeño, en periódicos certificados en las que hace pronunciamientos como dirigente político.
La denuncia cita una declaración de Víctor Gómez Casanova, en la que anuncia que toma licencia como director ejecutivo de la Autoridad Portuaria al tiempo de anunciar su candidatura a diputado,
Concluye en que por tales razones, el PRM solicita “Que se proceda con la investigación de los hechos relatados en la presente instancia a los fines de comprobar que los mismos constituyen ilícitos penales y una vez comprobada la responsabilidad de los hechos delictuosos cometidos por los denunciados o cualquier otra persona adicional, presentar formal acusación en contra de las personas que hubieren incurrido en violación a la Constitución y las normas legales citadas.